En la Unidad de Participación de SEGPRES impulsamos la participación ciudadana del Ministerio. Nos relacionamos directamente con la o el Subsecretario para llevar a cabo nuestras responsabilidades:
En febrero de 2011 se aprobó la Ley N°20.500 sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública. La Ley 20.500 reconoce el derecho que tienen las personas de asociarse libremente haciendo hincapié en el rol que posee el Estado en promover, facilitar y apoyar las iniciativas ciudadanas en esta materia. Asimismo, reconoce el derecho de todas las personas a participar en la gestión pública y consolida la implementación formal de mecanismos de participación en la gestión pública.
La Ley 20.500, establece modificaciones a la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales del Estado N°18.575, en el Título IV “De la participación ciudadana en la gestión pública”, definiendo los mecanismos de participación ciudadana en la gestión pública que rigen a los órganos de la administración central del Estado. “Cada órgano de la Administración del Estado deberá establecer las modalidades formales y específicas de participación que tendrán las personas y organizaciones en el ámbito de su competencia. Las modalidades de participación que se establezcan deberán mantenerse actualizadas y publicarse a través de medios electrónicos u otros”. (Artículo 70, Ley N°18.575).
En este marco normativo los órganos de la Administración del Estado deberán establecer de manera obligatoria mecanismos de participación ciudadana tales como:
Cada órgano de la administración del Estado debe establecer el detalle de las modalidades formales y específicas de participación ciudadana en el ámbito de
su competencia mediante la elaboración de normas de participación ciudadana.
A continuación se describen los cuatro mecanismos anteriormente mencionados:
El acceso a la información pública es un derecho fundamental para todas las personas que deseen conocer el quehacer institucional de la administración del Estado. La transparencia en la gestión pública es un eje trascendental en este mecanismo.
Una cuenta pública participativa es un mecanismo de rendición de cuentas que involucra a la sociedad en la evaluación de procesos de gestión pública en instituciones del Estado. Es decir, es una actividad pública que se realiza ualmente y supone un proceso de intercambio y diálogo participativo entre las instituciones públicas y la sociedad.
Las consultas ciudadanas son instancias de participación impulsadas por los gobiernos sobre temas de interés público. En estos espacios de participación todas las personas interesadas en los asuntos públicos consultados tienen la oportunidad de opinar en el proceso de toma de decisiones. Los gobiernos, a través de las instituciones públicas, pueden abrir espacios de consulta ciudadana en cualquier etapa del ciclo de las políticas públicas con el objetivo de “recolectar comentarios, percepciones, información y experiencia de los actores implicados” (OCDE, 2016).
Los Consejos de la Sociedad Civil son mecanismos de participación ciudadana de carácter consultivo y deliberativo, que buscan profundizar la relación entre la sociedad civil organizada y los órganos del Estado. Los Consejos de la Sociedad Civil son un mecanismo de participación ciudadana de funcionamiento permanente que permite considerar las visiones y opiniones de las organizaciones sin fines de lucro de la sociedad civil en el diseño, ejecución y evaluación de políticas públicas.